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El Derecho civil ha sido desde la época del Derecho romano el conjunto de normas que constituyen el Derecho privado, entendiendo por tal a aquel que regula las relaciones entre las personas, excepto para las que no exista un Derecho especial.

Este Derecho, comprende, el análisis de las diferentes acciones judiciales que el ordenamiento jurídico otorga para la protección de las situaciones jurídicas antes descritas, por lo que es el llamado a juzgar todos los actos o hechos de la vida privada social y privadamente privada.

La rama del Derecho Civil es amplia, debiendo de señalar algunas de las actuaciones que el despacho lleva a cabo ante los Juzgados y Tribunales de toda España:

  • Reclamaciones de cantidad, impagados, indemnizaciones.
  • Reclamaciones extrajudiciales y judiciales
  • Responsabilidad civil general, contractual o extracontractual.
  • Derecho de Familia
  • Derecho de Sucesiones
  • Asesoramiento jurídico a Comunidades de Propietarios
  • Desahucios
  • División de copropiedad
  • Contratos
  • Derecho Sanitario

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